El benzoato de potasio es un aditivo utilizado en la industria de alimentos principalmente por sus propiedades como agente conservador. Entre las aplicaciones más comunes se encuentran:
- Refrescos
- Bebidas energéticas
- Jugos
- Cervezas sin alcohol
- Licores
- Vinos
- Mayonesas
- Salsas
- Margarinas
- Mermeladas
- Membrillo
- Gelatina
- Frutas en almíbar
- Conservas de pescado y caviar
Los benzoatos también se emplean en mezclas con sorbatos para reforzar su función. Ni el ácido benzoico ni sus sales, incluida la de potasio, son tóxicos para el hombre si se ingieren en las concentraciones que se permiten en los alimentos (0.05-1% en peso).
(Fuente: S. Badui, 2013, Química de Alimentos)
El benzoato de potasio es la sal potásica del ácido benzoico. Se obtiene industrialmente a partir de la reacción de hidróxido de potasio con ácido benzoico. En la industria de alimentos se emplea como sustancia conservadora.
Como sustancia conservadora, ayuda a prolongar la vida útil de los alimentos protegiéndolos del deterioro ocasionado por microorganismos.
(Fuente: Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) http://www.fao.org/gsfaonline/reference/techfuncs.html?lang=esNombre químico y estructura
Benzoato de potasio
El benzoato de potasio también se puede encontrar comercialmente o en el etiquetado como sal de potasio del ácido bencencarboxílico, sal de potasio del ácido fenilcarboxílico, sal de potasio del ácido benzoico, benzoato potásico, 582-25-2 (CAS), 212 (INS).
Algunas características de relevancia
Se presenta como un sólido en polvo cristalino de color blanco, ligeramente higroscópico. Es poco soluble en agua y en etanol, insoluble en éter. La solución que forma tiende a ser alcalina y su sabor es astringente. El punto de fusión lo alcanza a los 300°C.
El benzoato de potasio es una de las sales más comunes del ácido benzoico. Se emplea como sustituto de este mismo ácido y de la sal de sodio en productos en donde se busca una baja concentración de sodio. El benzoato inhibe la actividad de los microorganismos presentes en el alimento, lo cual permite alargar la vida de anaquel de los productos.
Es importante mencionar que, en medios ácidos, el benzoato de potasio ofrece un sabor agrio, por lo que se sugiere combinar con otros agentes conservadores para limitar su concentración. Además, se recomienda agregarlo al principio del proceso de elaboración para asegurar la estabilidad del alimento.
El benzoato de potasio posee actividad ante bacterias y levaduras, así como hongos esporulados. Sin embargo, para mejorar su efectividad se debe tener un pH ácido en el producto y usarse en combinación con sorbatos.
En bebidas carbonatadas se suele emplear en concentraciones de 0.03-0.08%, y en aquellas sin carbonatar en concentraciones de 0.05-0.1%, en ambos casos en producto terminado. En cidra sin pasteurizar se puede añadir un 0.04% para alargar su estabilidad.
El Comité de Expertos en Aditivos Alimentarios de la FAO, JEFCA ha establecido que la Ingesta Diaria Admisible (ADI) del benzoato de potasio y sus sales, incluida la de potasio, de 0-5mg/kg de peso corporal.
Dosificaciones a considerar:
CODEX ALIMENTARIUS (FAO) – Regulación Internacional
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Alimento | Dosis máxima | Observaciones |
Bebidas alcohólicas aromatizadas (por ejemplo, cerveza, vino y bebidas espirituosas), productos de panadería, frutas confitadas, postres a base de almidones y cereales (por ejemplo, arroz con leche, budín de tapioca), sidra, café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas calientes de cereales y cereales, excluidos el cacao, concentrados de jugo de fruta, concentrados de néctar de frutas, fruta cocida, hortalizas cocidas o fritas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) y algas, productos cárnicos, de aves de corral y de caza procesados curados (incluidos salados) y secos no tratados térmicamente, productos cárnicos, de aves de corral y de caza procesados curados (incluidos salados) y secos no tratados térmicamente en trozos o cortes enteros, hortalizas secas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas marinas y nueces y semillas, postres a base de huevo (por ejemplo, crema), emulsiones grasas principalmente de tipo aceite-en-agua, incluyendo productos mezclados y/o aromatizados a base de emulsiones grasas, pastas grasas, grasas lácteas y pastas alimenticias, postres a base de grasa, productos de frutas fermentadas, hortalizas fermentadas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) y productos de algas marinas, rellenos de fruta para pastelería, frutas en vinagre, aceite o salmuera, jugos de frutas, néctar de frutas, preparados de frutas, incluyendo pulpa, purés, coberturas de frutas y leche de coco, postres a base de frutas, incluidos los postres a base de agua con sabor a fruta, pastas a base de frutas, mostazas, otros azúcares y jarabes (por ejemplo, xilosa, jarabe de arce, coberturas de azúcar), pastas, fideos precocidos y productos similares, salsas y productos similares, condimentos, bocadillos de papa, cereales, harina o almidón a base (de raíces y tubérculos, legumbres y legumbres), vegetales (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas marinas y purés y pastas de semillas y semillas (por ejemplo, mantequilla de maní), vinagres, vinos. | 1000mg/kg | Excluidos los productos fermentados de soya |
Alimentos dietéticos para usos médicos especiales, ensaladas, productos para untar en emparedados, decoraciones (p. ej. para productos de pastelería fina), revestimientos (que no sean de fruta) y salsas dulces, dulces, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones, goma de mascar, preparados dietéticos para adelgazar y control de peso, productos de imitación y sucedáneos del chocolate, productos para untar a base de cacao, incluidos los rellenos a base de cacao | 1500mg/kg | Excluidos los productos para untar a base de cacao y nueces |
Alimentos dietéticos complementos alimenticios, edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran intensidad, hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o salsa de soja, moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos, pescado y productos pesqueros semiconservados, incluidos los moluscos, crustáceos y equinodermos | 2000mg/kg | — |
Sopas y caldos | 500mg/kg | — |
Bebidas a base de agua aromatizadas, incluidas las bebidas para deportistas, bebidas energéticas o bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas | 250mg/kg | — |
Concentrados para néctares de hortalizas | 600mg/kg | — |
Frutas desecadas | 800mg/kg | — |
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o salados, incluidos los moluscos, crustáceos y equinodermos | 200mg/kg | — |
Postres lácteos (como pudines, yogur aromatizado o con fruta) | 300mg/kg | — |
Productos líquidos a base de huevo | 5000mg/kg | — |
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas confitadas) | 3000mg/kg | — |
http://www.fao.org/gsfaonline/additives/index.html?lang=es
COFEPRIS (SSA)– Regulación Mexicana
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Alimento | Dosis máxima | Observaciones |
Dulces a base de leche, cremas, mantequilla, huevos sus productos y derivados, producto cárnico curado crudo, producto cárnico curado cocido, jarabes, frutas y hortalizas secas o deshidratadas, frutas en conserva (incluidos los productos en almíbar) envasadas en recipientes de cierre hermético y sometidas a tratamiento térmico ates, jaleas y mermeladas envasadas en recipientes de cierre hermético y sometidas a tratamiento térmico, purés de frutas y hortalizas envasados en recipientes de cierre hermético y sometidos a tratamiento térmico, jugos y néctares de frutas y hortalizas (incluidos los jugos concentrados, jugos de concentrado, jugos clarificados, jugos deshidratados y néctares) envasados en recipientes de cierre hermético y sometidos a tratamiento térmico, bebidas alcohólicas preparadas y cocteles, vinos y sidra, licores o cremas, productos de panificación, tortillas de harina de trigo, tortillas de maíz nixtamalizado preenvasadas, salsas preparadas o semipreparadas envasadas en recipientes de cierre hermético y sometidas a tratamiento térmico | 1000mg/kg | Sólo en yema líquida y huevo líquido, sólo para el tratamiento superficial. Sólo las frutas en almíbar. Sólo, mezclado o combinado con otro conservador permitido
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Polvos para preparar gelatinas de sabor, bebidas alcohólicas preparadas y cocteles, vinos y sidra, licores o cremas | 1000mg/l | Benzoato de potasio y benzoato de sodio |
Leche fermentada o acidificada
| 50mg/kg | Sólo en leche fermentada o acidificación preparados con vegetales. |
Suplementos alimenticios, margarina u oleomargarina, harina de maíz nixtamalizado para preparar tortillas | 2000mg/kg | Sólo o combinado con otros conservadores permitidos |
Cerveza | 200mg/l | — |
Bebidas saborizadas no alcohólicas, bebidas saborizadas no alcohólicas congeladas, concentrados de manufactura para preparar bebidas saborizadas no alcohólicas, jarabes y concentrados para preparar bebidas saborizadas no alcohólicas
| 600mg/l | La mezcla con otros conservadores no debe exceder de 1000mg/L tomando en cuenta el límite máximo de cada aditivo, expresado como ácido benzoico. La mezcla con otros conservadores no debe exceder de 1000mg/kg tomando en cuenta el límite máximo de cada aditivo, expresado como ácido benzoico (Límite máximo en el producto listo para el consumo) |
https://www.gob.mx/cofepris/acciones-y-programas/aditivos-alimentarios-no-publicados-en-el-dof
Este ingrediente se encuentra aprobado por las siguientes entidades:
Legislación Mexicana COFEPRIS: Acuerdo por el que se determinan los aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, su uso y disposiciones sanitarias. https://www.gob.mx/cofepris/acciones-y-programas/aditivos-alimentarios-no-publicados-en-el-dof
Codificación asignada por la Sociedad Americana de Química: CAS 582-25-2, http://www.cas.org, https://commonchemistry.cas.org
Comunidad Europea: Regulation (EC) No 1333/2008 of the European Parliament and of the Council of 16 December 2008 on food additives, https://www.fsai.ie/uploadedFiles/Reg1129_2011.pdf
Codificación en el etiquetado de la Comunidad Europea: E212
FAO, Codex Alimentarius: Número SIN o número INS 212 http://www.fao.org/fileadmin/user_upload/jecfa_additives/docs/Monograph1/Additive-332.pdf
http://www.fao.org/gsfaonline/additives/index.html?lang=es
https://apps.who.int/food-additives-contaminants-jecfa-database/search.aspx
Principales países que están usando el ingrediente en sus nuevos productos
México
Estados Unidos
Colombia