El monolaurato de sorbitán polioxietilenado es un aditivo utilizado en la industria de alimentos principalmente por sus propiedades como estabilizante y emulsionante. Entre las aplicaciones más comunes se encuentran:
Chicles
Refrescos
Helados
Hojaldre
Pastelería
Pates
Sopas
Bebidas alcohólicas
Cremas
Sabores y colores
Industria cosmética
Los emulsionantes también llamados emulsionantes, emulsivos o emulgentes, son compuestos que estabilizan las mezclas de líquidos inmiscibles evitando la sinéresis o separación de fases y por eso contribuyen a una mejor percepción sensorial de los alimentos.
(Fuente: S. Badui, 2013, Química de Alimentos)
El monolaurato de sorbitán polioxietilenado es una mezcla de los ésteres parciales de sorbitol y su mono- y dianhídridos con ácido láurico comercial comestible. Se obtiene por la condensación de aproximadamente 20 moles de óxido de etileno por mol de sorbitol y sus anhídridos. En la industria de alimentos se emplea como estabilizante y emulsionante.
(Fuente: FAO http://www.fao.org/fileadmin/user_upload/jecfa_additives/docs/Monograph1/Additive-320.pdf)
Como estabilizante permite que una dispersión de dos o más sustancias se mantenga uniforme.
(Fuente: FAO http://www.fao.org/fileadmin/user_upload/jecfa_additives/docs/Monograph1/Additive-320.pdf)
Como emulsionante, forma o mantiene una emulsión uniforme de dos o más fases en un alimento.
(Fuente: FAO http://www.fao.org/fileadmin/user_upload/jecfa_additives/docs/Monograph1/Additive-320.pdf)
Nombre químico y estructura
Monolaurato de sorbitán polioxietilenado
El monolaurato de sorbitán polioxietilenado también se puede encontrar comercialmente o en el etiquetado como mezcla parcial de ésteres de sorbitol y sus mono y dianhídridos con ácido láurico comestible y condensado, con 20 moles de óxido de etileno por mol de sorbitol y sus anhídridos, polisorbato 20, 9005-64-5 (CAS), 432 (INS).
Algunas características de relevancia
El monolaurato de sorbitán polioxietilenado se presenta como un líquido aceitoso de color limón a ámbar a 25°C, con un tenue olor característico.
Es soluble en agua, etanol, metanol, acetato de etilo y dioxano. Insoluble en aceite mineral y éter de petróleo. Su pH es de 5.71 y su punto de ebullición es de 99.9ºC
El monolaurato de sorbitán polioxietilenado es un agente emulsionante utilizado en la industria de alimentos y otras industrias para contribuir a la estabilidad de productos en donde haya una fase oleosa y otra acuosa.
El monolaurato de sorbitán polioxietilenado es un emulgente no iónico que tiende a utilizarse en emulsiones de aceite en agua (o/w). Es bastante estable en ambientes con presencia de electrolitos o bien ante cambios de pH.
Es por ello que se emplea como tensoactivo en la elaboración de cremas, helados, emulsiones de aceites vegetales y minerales, como medio de solubilización de perfumes, vitaminas liposolubles, aceites esenciales, vacunas, etc.
Se puede usar solo o en combinación con otros emulsionantes como los mono y diglicéridos o monoestearatos de sorbitán. Combinados, se suelen añadir a sabores o colorantes para facilitar su dispersión, para el manejo de aceites esenciales y vitaminas, o bien, para mejorar la textura de productos horneados.
También se puede añadir en una proporción pequeña para favorecer la formación de espuma en productos terminados.
Generalmente se emplea en dosificaciones entre el 1-15% para uso como emulsionante, en un intervalo del 1-10% para aumentar la capacidad de retención de agua o para efectos solubilizadores y, finalmente, como agente humectante se añade en un 0.1 a 3%.
El Comité de Expertos en Aditivos Alimentarios de la FAO, JEFCA ha establecido que la Ingesta Diaria Admisible (ADI) del monolaurato de sorbitán polioxietilenado es de 0 a 25 mg/kg de peso corporal.
Dosificaciones a considerar:
CODEX ALIMENTARIUS (FAO) – Regulación Internacional
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Alimento | Dosis máxima | Observaciones |
Aderezos y condimentos, emulsiones grasas (principalmente del tipo agua en aceite) incluidos los productos a base de emulsiones grasas mezclados y/o aromatizados, goma de mascar, grasas y aceites vegetales, manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal, mezclas batidas para rebozar (p. e. para empanizar o rebozar pescado o carne de aves de corral), mezclas para salsas y “gravies”, pastas y fideos deshidratados y productos análogos, pastas y fideos precocidos, productos análogos a la nata (crema), productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados, en piezas enteras o en cortes, productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados, productos de cacao y chocolate, productos de imitación y sucedáneos del chocolate, salsas ligeras (p. e. salsa de pescado), salsas no emulsionadas (p. e. salsa de tomate “ketchup”, salsas a base de queso, salsas a base de nata (crema) y salsas hechas con jugo de carne asada “gravy”), “crackers” (galletas saladas o de agua) | 5000mg/kg | — |
Alimentos dietéticos para usos médicos especiales, dulces, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones, etc., congeladas, nata (crema) cuajada (natural o simple), nata (crema) pasteurizada (natural o simple), natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (naturales o simples), preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos de fruta y la leche de coco, preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso, productos para untar a base de cacao, incluidos los rellenos a base de cacao, sopas y caldos | 1000mg/kg | — |
Bebidas a base de agua aromatizadas, incluidas las bebidas para deportistas, bebidas energéticas o bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas, mezclas de cacao (jarabes) | 500mg/kg | — |
Bebidas alcohólicas aromatizadas (p. e. cerveza, vino y bebidas con licor tipo bebida gaseosa, bebidas refrescantes con bajo contenido de alcohol), licores destilados que contengan >15% de alcohol | 120mg/kg | — |
Bebidas lácteas líquidas aromatizadas, decoraciones (p. e. para productos de pastelería fina), revestimientos (que no sean de fruta) y salsas dulces, mezclas para pan y productos de panadería ordinaria, otros productos de panadería ordinaria (p. e. panecillos tipo rosca “bagels”, pan tipo mediterráneo “pita”, panecillos ingleses chatos “muffins”, etc.), panes y bollos dulces al vapor, panes y panecillos, postres a base de cereales y almidón (p. e. pudines de arroz, pudines de mandioca), postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de fruta, postres a base de grasas, postres a base de huevo (p. e. flan), postres lácteos (como pudines, yogur aromatizado o con fruta), productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas, productos similares al pan, incluidos los rellenos a base de pan y el pan rallado, pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas marinas y nueces y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas confitadas), rellenos de fruta para pastelería, salsas emulsionadas y salsas para mojar (p. e. mayonesa, aderezos para ensaladas, salsa para mojar de cebollas) | 3000mg/kg | — |
Blanqueadores de bebidas, productos análogos a la leche y la nata (crema) en polvo | 4000mg/kg | — |
Complementos alimenticios | 25000mg/kg | — |
Ensaladas (p. e., la ensalada de macarrones, la ensalada de papas) y productos para untar en emparedados, excluidos los productos para untar a base de cacao y nueces, hierbas aromáticas y especias | 2000mg/kg | — |
Envolturas o tripas comestibles (p. e. para embutidos) | 1500mg/kg | — |
Grasas para untar, grasas lácteas para untar y mezclas de grasas para untar | 10.000mg/kg | — |
Queso no madurado | 80mg/kg | — |
Sal | 10mg/kg | — |
http://www.fao.org/gsfaonline/groups/details.html?id=85
COFEPRIS (SSA)– Regulación Mexicana | |||
Alimento | Dosis máxima | Observaciones | |
Cremas | 1000mg/kg | — | |
Bebidas saborizadas no alcohólicas | 100mg/l | — | |
Concentrados de manufactura para preparar bebidas saborizadas no alcohólicas | 100mg/kg | — |
https://www.gob.mx/cofepris/acciones-y-programas/aditivos-alimentarios-no-publicados-en-el-dof
Este ingrediente se encuentra aprobado por las siguientes entidades:
Legislación Mexicana COFEPRIS: Acuerdo por el que se determinan los aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, su uso y disposiciones sanitarias. https://www.gob.mx/cofepris/acciones-y-programas/aditivos-alimentarios-no-publicados-en-el-dof
FDA Code of Federal Regulations: Title 21, Volume 3, Part 178: Direct food substances affirmed as Generally Recognized As Safe (GRAS), Sec. 178.3400 Emulsifiers and/or surface-active agents. 21CFR178.3400, https://www.accessdata.fda.gov/scripts/cdrh/cfdocs/cfCFR/CFRSearch.cfm?fr=178.3400
Codificación asignada por la Sociedad Americana de Química: CAS 9005-64–5, http://www.cas.org, https://commonchemistry.cas.org
Comunidad Europea: Regulation (EC) No 1333/2008 of the European Parliament and of the Council of 16 December 2008 on food additives. https://www.fsai.ie/uploadedFiles/Reg1129_2011.pdf
Codificación en el etiquetado de la Comunidad Europea: E432
FAO, Codex Alimentarius: Número SIN o número INS 432 http://www.fao.org/fileadmin/user_upload/jecfa_additives/docs/Monograph1/Additive-320.pdf
Principales países que están usando el ingrediente en sus nuevos productos
México
Colombia
Estados Unidos
China