El monooleato de sorbitán polioxietilenado es un aditivo utilizado en la industria de alimentos principalmente por sus propiedades como estabilizante y emulsionante. Entre las aplicaciones más comunes se encuentran:
Chicles
Refrescos
Helados
Hojaldre
Pastelería
Patés
Sopas
Bebidas alcohólicas
Los emulsionantes también llamados emulsivos o emulgentes, son compuestos que estabilizan las mezclas de líquidos inmiscibles evitando la sinéresis o separación de fases y por eso contribuyen a una mejor percepción sensorial de los alimentos.
(Fuente: S. Badui, 2013, Química de Alimentos)
El monooleato de sorbitán polioxietilenado es una mezcla de los ésteres parciales de sorbitol y su mono- y dianhídridos. Se presenta como un derivado del óxido de etileno condensado con la presencia de ácido oleico y aproximadamente 20 moles de óxido de etileno por mol de sorbitol y sus anhidros.
(Fuente: FAO http://www.fao.org/fileadmin/user_upload/jecfa_additives/docs/Monograph1/Additive-321.pdf)
En la industria de alimentos se emplea como agente estabilizante y emulsionante. Como estabilizante permite que una dispersión de dos o más sustancias se mantenga uniforme.
(Fuente: FAO http://www.fao.org/fileadmin/user_upload/jecfa_additives/docs/Monograph1/Additive-320.pdf)
Como emulsionante forma o mantiene una emulsión uniforme de dos o más fases en un alimento.
(Fuente: FAO http://www.fao.org/fileadmin/user_upload/jecfa_additives/docs/Monograph1/Additive-320.pdf)
Nombre químico y estructura
Monooleato de sorbitán polioxietilenado
El monooleato de sorbitán polioxietilenado también se puede encontrar comercialmente o en el etiquetado como mezcla parcial de ésteres de sorbitol y sus mono y dianhídridos con ácido oleico comestible y condensado con 20 moles de óxido de etileno por mol de sorbitol y sus anhídridos, polisorbato 80, 9005-65-6 (CAS), 433 (INS).
Algunas características de relevancia
El monooleato de sorbitán polioxietilenado también se puede encontrar comercialmente como un líquido aceitoso de color limón a ámbar con un tenue olor característico. Es soluble en agua, etanol, metanol, acetato de etilo y tolueno; e insoluble en aceite mineral y éter de petróleo. Posee un pH de 5 a 7, un punto de ebullición de 100ºC y un punto de fusión de 25ºC.
El polisorbato 80 o monooleato de sorbitán polioxietilenado es un tensioactivo no iónico y emulsionante derivado de sorbitán polietoxilado y ácido oleico. A menudo se emplea en los productos alimenticios para permitir la estabilidad de emulsiones. Generalmente se emplea en emulsiones aceite en agua (o/w).
Además, se puede utilizar como un agente espumante para mantener el aire dentro del interior de un alimento y con ello conseguir estabilizarlo. Una aplicación muy común es la del helado, al que se suele añadir una concentración de hasta 0.5% (v/v) para hacer el helado más suave y fácil de manejar, así como aumentar su resistencia a la fusión.
Al ser incorporado en la fórmula impide que las proteínas de la leche cubran completamente las gotitas de grasa. Permitiendo así que se unan las cadenas de la estructura manteniendo el aire en la mezcla, esto evita que se derrita el helado.
Con frecuencia se combina con surfactante SPAN 80 y otros tensoactivos para promover la estabilidad de las emulsiones.
Por otro lado, tiene grandes aplicaciones en productos de cuidado personal, sobre todo en la elaboración de cremas y pomadas, productos de limpieza de la piel, bases de maquillaje y fundaciones, champúes, ondas permanentes, polvos de fragancia, entre otros.
El Comité de Expertos en Aditivos Alimentarios de la FAO, JEFCA ha establecido que la Ingesta Diaria Admisible (ADI) del monooleato de sorbitán polioxietilenado es de 0 a 25mg/kg de peso corporal.
Dosificaciones a considerar:
CODEX ALIMENTARIUS (FAO) – Regulación Internacional
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Alimento | Dosis máxima | Observaciones |
Aderezos y condimentos, emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los productos a base de emulsiones grasas mezclados y/o aromatizados, goma de mascar, grasas y aceites vegetales, manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal, mezclas batidas para rebozar (p. e. para empanizar o rebozar pescado o carne de aves de corral), mezclas para salsas y “gravies”, pastas y fideos deshidratados y productos análogos, pastas y fideos precocidos, productos análogos a la nata (crema), productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados, en piezas enteras o en cortes, productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados, productos de cacao y chocolate, productos de imitación y sucedáneos del chocolate, salsas ligeras (p. e. salsa de pescado), salsas no emulsionadas (p. e. salsa de tomate “ketchup”, salsas a base de queso, salsas a base de nata (crema) y salsas hechas con jugo de carne asada “gravy”), galletas saladas o de agua | 5000mg/kg | — |
Alimentos dietéticos para usos médicos especiales, dulces, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones, etc. distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3 y 05.4, hielos comestibles, nata (crema) cuajada (natural/simple), nata (crema) pasteurizada (natural/simple), natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (naturales/simples), preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos de fruta y la leche de coco, preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso, productos para untar a base de cacao, incluidos los rellenos a base de cacao, sopas y caldos | 1000mg/kg | — |
Bebidas a base de agua aromatizadas, incluidas las bebidas para deportistas, bebidas energéticas o bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas, mezclas de cacao (jarabes) | 500mg/kg | — |
Bebidas alcohólicas aromatizadas (p. e. cerveza, vino y bebidas con licor tipo bebida gaseosa, bebidas refrescantes con bajo contenido de alcohol), licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol | 120mg/kg | — |
Bebidas lácteas líquidas aromatizadas, decoraciones (p. e. para productos de pastelería fina), revestimientos (que no sean de fruta) y salsas dulces, mezclas para pan y productos de panadería ordinaria, otros productos de panadería ordinaria (p. e. panecillos tipo rosca “bagels”, pan tipo mediterráneo “pita”, panecillos ingleses chatos “muffins”, etc.), panes y bollos dulces al vapor, panes y panecillos, postres a base de cereales y almidón (p. e. pudines de arroz, pudines de mandioca), postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de fruta, postres a base de grasas, postres a base de huevo (p. e. flan), postres lácteos (como pudines, yogur aromatizado o con fruta), productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas, productos similares al pan, incluidos los rellenos a base de pan y el pan rallado, pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas marinas y nueces y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas confitadas), rellenos de fruta para pastelería, salsas emulsionadas y salsas para mojar (p. e. mayonesa, aderezos para ensaladas, salsa para mojar de cebollas) | 3000mg/kg | — |
Blanqueadores de bebidas, productos análogos a la leche y la nata (crema) en polvo | 4000mg/kg | — |
Complementos alimenticios | 25000mg/kg | — |
Ensaladas (p. e., la ensalada de macarrones, la ensalada de patatas (papas)) y productos para untar en emparedados, excluidos los productos para untar a base de cacao y nueces, hierbas aromáticas y especias | 2000mg/kg | — |
Envolturas o tripas comestibles (p. e. para embutidos) | 1500mg/kg | — |
Grasas para untar, grasas lácteas para untar y mezclas de grasas para untar | 10000mg/kg | — |
Queso no madurado | 80mg/kg | — |
Sal | 10mg/kg | — |
http://www.fao.org/gsfaonline/groups/details.html?id=85
COFEPRIS (SSA)– Regulación Mexicana | ||
Alimento | Dosis máxima | Observaciones |
Cremas, helados, sorbetes y bases para helados | 1000mg/kg | — |
Bebidas saborizadas no alcohólicas, bebidas saborizadas no alcohólicas congeladas, concentrados de manufactura para preparar bebidas saborizadas no alcohólicas | 500mg/l | Límite máximo en el producto listo para el Consumo |
Harina de trigo para preparar tortillas, tortillas de harina de trigo | 2000mg/kg | — |
Productos de panificación | 3000mg/kg | Para decorados |
Tostadas preenvasadas | 500mg/kg | — |
Chocolate | 10000-15000mg/kg | Solo o mezclado con otros emulsivos |
Suplementos alimenticios | 25000mg/kg | En producto listo para consumo |
https://www.gob.mx/cofepris/acciones-y-programas/aditivos-alimentarios-no-publicados-en-el-dof
Este ingrediente se encuentra aprobado por las siguientes entidades:
Legislación Mexicana COFEPRIS: Acuerdo por el que se determinan los aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, su uso y disposiciones sanitarias. https://www.gob.mx/cofepris/acciones-y-programas/aditivos-alimentarios-no-publicados-en-el-dof
FDA Code of Federal Regulations: Title 21, Volume 3, Part 172: Direct food substances affirmed as Generally Recognized As Safe (GRAS), Sec. 172.840 Polysorbate 80, 21CFR172.840, https://www.gpo.gov/fdsys/pkg/CFR-2014-title21-vol3/pdf/CFR-2014-title21-vol3-sec172-840.pdf
Codificación asignada por la Sociedad Americana de Química: CAS 9005-65-6, http://www.cas.org, https://commonchemistry.cas.org
Comunidad Europea: Regulation (EC) No 1333/2008 of the European Parliament and of the Council of 16 December 2008 on food additives. https://www.fsai.ie/uploadedFiles/Reg1129_2011.pdf
Codificación en el etiquetado de la Comunidad Europea: E433
FAO, Codex Alimentarius: Número SIN o número INS 433 http://www.fao.org/fileadmin/user_upload/jecfa_additives/docs/Monograph1/Additive-321.pdf
Principales países que están usando el ingrediente en sus nuevos productos
México
Argentina
Brasil
Colombia
España