El neotame es un edulcorante sintético de alto potencial no calórico. A continuación, mencionaremos las aplicaciones en que se usa con mayor frecuencia:
Bebidas de frutas y sabores
Yogur para beber y batido
Dulces, goma de mascar y confitados
Helados, sorbetes y productos lácteos congelados
Postres con y sin refrigeración
Leches saborizadas
Mermeladas y preparados de fruta
Pasteles, pastas
El neotame es un compuesto sintético de alto potencial edulcorante. Químicamente es el N-[N-(3,3-Dimetilbutil)-L-alfa-aspartil]-L-fenilalanina 1-metil ester.
(Fuente: FDA CFR 172.829 Neotame http://www.accessdata.fda.gov/scripts/cdrh/cfdocs/cfCFR/CFRSearch.cfm?fr=172.829)
Esta sustancia es manufacturada por un proceso en el que el aspartame y el 3,3-dimetilbutilaldehído reaccionan en una solución de metanol, con la presencia de hidrógeno. El neotame es aislado al remover el metanol, seguido de un lavado y secado.
(Fuente: FAO/WHO Joint Expert Committee on Food Additives http://www.fao.org/food/food-safety-quality/scientific-advice/jecfa/jecfa-additives/es/)
Por su característica como edulcorante, el neotame imparte un sabor dulce a los productos alimenticios, o bien, a los edulcorantes para mesa en porciones.
(Fuente: Regulación Comunidad Europea (EC) No 1333/2008 http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CONSLEG:2008R1333:20120813:EN:PDF)
Al ofrecer un sabor dulce a los productos y no proveer de calorías, es utilizado como sustituto de azúcar.
(Fuente: Regulación Comunidad Europea (EC) No 1333/2008 http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CONSLEG:2008R1333:20120813:EN:PDF)Nombre químico y estructura
N-[N-(3,3-Dimetilbutil)-L-alfa-aspartil]-L-fenilalanina 1-metil ester
Algunas características fisicoquímicas de relevancia
El neotame tiene un punto de fusión de 80-83ºC. En cuanto a su potencial de dulzor, éste se encuentra entre 7,000 a 13,000 veces más que el del azúcar. Dicho potencial puede variar en función de la aplicación en la que es usado.
El neotame es parte de la nueva generación de edulcorantes que le permiten a los fabricantes atender a las necesidades financieras y de salud del mercado. La FDA, en julio del 2002, dio su aprobación para que fuera utilizado como ingrediente seguro. La legislación mexicana también aprobó este ingrediente en el mismo año.
El neotame se obtiene a partir del aspartame, sin embargo, a diferencia de este último, el neotame puede ser consumido por cualquier persona, incluidas aquellas que padecen de fenilcetonuria (ver sección aspartame). El neotame se metaboliza rápidamente en el organismo y se elimina en su totalidad por la orina, sin otorgar ningún potencial calórico a la persona. El metabolito originado al consumir neotame es metanol, sin embargo, la concentración que se presenta es sumamente inferior a la que se obtiene cuando se ingieren frutas y derivados de estas.
Al ser un edulcorante con un potencial de dulzor tan alto, permite reducir la dosificación de los ingredientes endulzantes en los productos. Además, al ser un potenciador de sabores, es factible reducir la proporción de saborizantes en la fórmula, así como del espacio de almacenamiento, optimizando el costo de producción.
Este aditivo tiene un perfil de dulzor con una entrada moderada en la sensación del dulzor, una permanencia intensa y una salida prolongada. Es importante tener cuidado con estas características para evitar sobre dosificar el ingrediente. A diferencia del aspartame, no posee resabios amargos ni metálicos.
El uso de este ingrediente para la industria de confitería, principalmente para la manufactura de goma de mascar, puede ser de gran interés, ya que permite prolongar el sabor dulce y a menta de la goma durante el masticado. Otros sabores que logra potenciar son los cítricos, los frutales, a chocolate y vainilla.
Otro atributo favorable es que posee la capacidad de enmascarar sabores característicos a soya en productos a base de esta, así como el sabor de vitaminas y minerales.
Como cualquier otro sustituto de azúcar, se recomienda utilizarlo en combinación con otros edulcorantes naturales o artificiales para mejorar el perfil del producto y hacerlo más agradable para el consumidor.
El neotame se degrada muy poco durante procesos como la pasteurización y el horneado. Igualmente, es resistente a un pH ácido, como es el caso de bebidas y lácteos fermentados.
Debido a la gran intensidad de dulzor que provee, comercialmente se suele distribuir diluido en algún agente de volumen, o bien, premezclado con otros edulcorantes.
En pruebas toxicológicas, el neotame no ha revelado ser causa de cáncer. Puede ser ingerido por menores de edad, mujeres embarazadas o lactantes, además de ser una opción para personas que padecen diabetes.
Dosificaciones a considerar:
CODEX ALIMENTARIUS (FAO) – Regulación Internacional | ||
Alimento | Dosis máxima | Observaciones |
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas, sopas y caldos | 20mg/kg | — |
Bebidas alcohólicas o no, aromatizadas o no, energizantes, isotónicas, productos para bajar de peso, productos dietéticos de uso médico, ensaladas preparadas, pastas para untar de nueces y/o chocolate, postres a base de cereales y almidón, jarabes de cocoa, vegetales, semillas o nueces cocidas, fritos, dehidratados, congelados, en puré o pastas untables, productos a base de algas, fruta enlatada o pasteurizada, quesos o crema y sus análogos | 33mg/kg | Excepto en productos de soya fermentada |
Blanquedador de bebidas, leche y polvo de crema análogo, fruta confitada o cocida, salsas o dips emulsionados, suplementos alimenticios para uso dietario, néctar o concentrado de vegetales | 65mg/kg | Excepto los antes mencionados |
Saborizantes listos para usar, especias, hierbas, sazonadores y condimentos | 32mg/kg | — |
Postres a base de lácteos, congeladas, fruta congelada o seca, vinagre de fruta, aceite, preparados de fruta, pulpas, purés, toppings, leche de coco, rellenos horneables, rellenos o pastas untables de cocoa, sustituto de cocoa o imitación, postres a base de huevo | 100mg/kg | Excepto sorbetes |
Café, sustituto de café, té, infusiones herbales, bebidas calientes a base de cereales o granos | 50mg/kg | Excepto chocolate caliente |
Emulsiones de grasa aceite en agua, algas encurtidas, aceite, salsa de soya, pescados y mariscos semimadurado o madurado, enlatado, fermentado | 10mg/kg | — |
Suplementos alimenticios | 90mg/kg | — |
Mermeladas, jaleas, pan y productos de panificación, azúcares y jarabes, salsas no emulsionadas | 70mg/kg | — |
Salsas transparentes como de pescado, mezclas para salsas y gravies, mostazas, vinagres | 12mg/kg | — |
Productos de chocolate o cocoa, productos para panificación fina, mezclas de harinas para panificación | 80mg/kg | Excepto los antes mencionados |
Confitería, dulces duros, suaves y nougats | 330mg/kg | — |
Cereales para desayuno | 160mg/kg | — |
Goma de mascar | 1000mg/kg | — |
Edulcorantes de mesa estuchados | — | Buenas Prácticas de Fabricación (BPF) |
http://www.fao.org/gsfaonline/additives/details.html?id=340
COFEPRIS (SSA) – Regulación Mexicana | ||
Alimento | Dosis máxima | Observaciones |
Aperitivos listos para consumo, hierbas aromáticas, especias, aderezos y condimentos | 32mg/kg | — |
Productos de confitería | 330mg/kg | — |
Ates, jaleas y mermeladas, salsas no emulsionadas, azúcares y jarabes | 70mg/kg | — |
Bebidas saborizadas alcohólicas y no alcohólicas, congeladas, polvos, concentrados y concentrados para manufactura, ensaladas, productos para untar, frutas y hortalizas en conserva, envasadas y sometidas a tratamiento térmico, hortanizas, algas marinas y nueces cocidas, fritas en conserva, lata, frascos o bolsas de esterilización, congeladas, secas, jarabe o mezclas de cacao, postres a base de cereales, productos para control o para bajar de peso, análogos de crema, pulpas y preparados de hortalizas | 33mg/kg | Excepto los productos para untar de nueces o cacao |
Suplementos alimenticios | 90mg/kg | — |
Vinagre, sopas ligeras, mostazas, mezclas para salas y gravies | 12mg/kg | — |
Leche, leche saborizada, fórmula lácteas y producto lácteo combinado saborizados/aromatizado, leches fermentadas o acidificada | 20mg/kg | — |
Salsas emulsionadas, productos de fruta fermentada, productos análogos a la leche y crema en polvo, néctares, dulces de frutas u hortalizas, cristalizadas, cocidas, fritas o confitadas, concentrados para néctares de hortalizas | 65mg/kg | — |
Café, té y sus derivados, | 50mg/kg | — |
Cereales para desayuno | 160mg/kg | — |
Productos de panificación, harinas preparadas, productos de panadería fina y mezclas, cacao y sus derivados | 80mg/kg | — |
Rellenos de fruta para pastelería, pasta para untar a base de cacao, rellenos a base de cacao, sucedáneos y productos de imitación chocolate, preparados a base de fruta, pulpas, purés, revestimientos de fruta, leche de coco, postres a base de huevo, decoraciones para panificación, frutas y hortalizas secas o congeladas, frutas encurtidas, aceite o salmuera, bebidas saborizadas no alcohólicas congeladas, helados, sorbetes y bases para helado, postres a base de fruta, postres a base de grasas, dulces a base de leche | 100mg/kg | Excepto postres lácteos |
Productos de la pesca envasados en frasco y sometidos a tratamiento térmico, hortalizas y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o salsa de soya, margarina | 10mg/kg | — |
Goma de mascar | 1000mg/kg | — |
Cualquier producto | — | Buenas Prácticas de Fabricación (BPF) |
https://www.gob.mx/cofepris/acciones-y-programas/aditivos-alimentarios-no-publicados-en-el-dof
Este ingrediente se encuentra aprobado por las siguientes entidades nacionales e internacionales:
Legislación Mexicana: Acuerdo por el que se determinan los aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, su uso y disposiciones sanitarias. https://www.gob.mx/cofepris/acciones-y-programas/aditivos-alimentarios-no-publicados-en-el-dof
FDA: Code of Federal Regulations, Title 21, Volume 3 Sec. 172.829, 21CFR172.829 Food additives permitted for direct addition to food for human consumption, Subpart I, Multipurpose Additives, Neotame http://www.accessdata.fda.gov/scripts/cdrh/cfdocs/cfCFR/CFRSearch.cfm?fr=172.829
Codificación asignada por la Sociedad Americana de Química: CAS 165450-17-9 http://www.cas.org, http://www.commonchemistry.org
Comunidad Europea: Regulation (EC) No 1333/2008 of the European Parliament and of the Council of 16 December 2008 on food additives amended by Commission Regulation (EU) No 238/2010 of 22 March 2010 and following. http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:354:0016:0033:en:PDF
Codificación en el etiquetado de la Comunidad Europea: E 961
Codificación por parte del Codex Alimentarius (FAO): Número SIN o número INS 961 http://www.fao.org/gsfaonline/additives/details.html?id=340
Principales países que están usando el ingrediente en sus nuevos productos
Japón
China
Filipinas
Australia
Estados Unidos
México